Empresa líder, UTE o subcontratación: cómo formar un equipo licitador

TenderDesk · 12 oct 2026 · 23 min de lectura

Cómo estructurar un equipo de arquitectura o ingeniería para una licitación de la UE: liderar y subcontratar, formar una agrupación o recurrir a las capacidades de un socio, con la responsabilidad por país.

Tiene tres formas de incorporar a otras empresas a una licitación pública de la UE: licitar solo y subcontratarlas, licitar juntos como agrupación (consorcio, joint venture, groupement, Bietergemeinschaft, UTE) o recurrir a sus capacidades para superar la fase de selección. Si su estudio puede superar la selección por sí solo, lidere y subcontrate; si ninguna empresa la supera sola, o el órgano de contratación quiere que todas las disciplinas firmen el contrato, forme una agrupación. Después busque en los pliegos la regla de responsabilidad, porque en la mayoría de los países los miembros de una agrupación responden solidariamente de todo el contrato.

Puntos clave

  • El Derecho de la UE permite que las agrupaciones liciten sin ninguna forma jurídica. El órgano de contratación solo puede exigir una forma jurídica tras la adjudicación, y solo si es necesaria para ejecutar el contrato (Directiva 2014/24/UE, artículo 19).
  • Puede recurrir al volumen de negocios, al personal o a las referencias de otra empresa para superar la selección. Pero solo puede tomar prestadas sus titulaciones o su experiencia profesional si esa empresa va a hacer realmente el trabajo (artículo 63).
  • Cada miembro de la agrupación, y cada empresa a cuyas capacidades recurre, cumplimenta su propio DEUC. Un subcontratista a cuyas capacidades no recurre normalmente solo se menciona en su DEUC.
  • La responsabilidad solidaria es en la práctica la regla general en Italia, España y Alemania, y es habitual en otros países. En Francia se elige entre un groupement conjoint y un groupement solidaire, y aun así la empresa líder puede tener que responder solidariamente.
  • El órgano de contratación no puede obligar a la empresa líder a hacer la mayor parte del trabajo. El Tribunal de Justicia anuló la norma italiana sobre esta cuestión en Caruter (C-642/20, 2022).
  • Cierre el equipo antes de presentar la oferta. Cambiar de miembros entre la selección y la firma solo es posible en casos muy limitados, así que un acuerdo de colaboración firmado importa más que un correo amistoso.
  • Una agrupación de empresas que podrían haber licitado cada una por su cuenta puede plantear problemas de Derecho de la competencia, sobre todo en Alemania y España. Deje por escrito por qué se agrupan.

Las tres estructuras, en pocas palabras

La forma en que los socios aparecen en su oferta le dice al órgano de contratación quién firma, quién responde y qué credenciales puntúa.

1. Empresa líder con subcontratistas

Su estudio es el único licitador. Usted firma el contrato, factura al órgano de contratación y asume toda la responsabilidad frente a él. Sus ingenieros, su paisajista o su consultor de costes firman subcontratos con usted.

Es la estructura más limpia cuando cumple usted solo todos los criterios de selección. El órgano de contratación puede pedirle que identifique a los subcontratistas y su parte (artículo 71, apartado 2), y puede exigir que determinadas tareas críticas, normalmente la dirección del diseño, las realice usted directamente (artículo 63, apartado 2).

2. Agrupación de operadores económicos

Dos o más empresas licitan juntas. Cada miembro firma la oferta (o apodera a un miembro líder para que la firme) y pasa a ser parte del contrato. Los nombres cambian según el país: groupement momentané d'entreprises en Francia, Bietergemeinschaft (después ARGE) en Alemania, raggruppamento temporaneo di professionisti (RTP) en Italia, unión temporal de empresas (UTE) en España, agrupamento de concorrentes en Portugal, combinatie en los Países Bajos.

El órgano de contratación evalúa la agrupación en su conjunto, así que el volumen de negocios y las referencias normalmente se suman. A cambio, los miembros suelen responder unos por otros.

3. Recurso a las capacidades de otra empresa

Usted sigue siendo el único licitador, pero utiliza los medios de otra empresa para superar la selección, por ejemplo su volumen de negocios, su plantilla o sus referencias de colegios. El Derecho de la UE lo permite «independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos» entre ustedes (artículo 63, apartado 1). La otra empresa debe comprometer sus medios, normalmente con un escrito firmado.

En la práctica, una empresa a cuyas referencias recurre se convierte en su subcontratista, porque el artículo 63 solo le permite tomar prestada la experiencia si esa empresa ejecuta los servicios correspondientes.

Comparación de las tres

Líder + subcontratistas Agrupación (consorcio) Recurso a capacidades
Quién firma el contrato Solo el líder Todos los miembros (o el líder con poder) Solo el líder
Responsabilidad ante el órgano de contratación El líder la asume toda Normalmente solidaria, todos los miembros El líder; y además la otra empresa por la solvencia económica si el órgano de contratación lo exige
Qué credenciales cuentan Solo las del líder, salvo que también recurra a un subcontratista Las de todos los miembros sumadas Las del líder más las de la empresa a la que se recurre
DEUC El del líder; los subcontratistas se mencionan en él Uno por miembro El del líder más uno por cada empresa a la que se recurre
Flujo de honorarios El órgano de contratación paga al líder; el líder paga a los subcontratistas Depende del país y del acuerdo; a menudo cada miembro factura su parte El órgano de contratación paga al líder

Qué dice realmente el Derecho de la UE

Las normas proceden de la Directiva 2014/24/UE, transpuesta a cada legislación nacional. Se aplican en su totalidad por encima de los umbrales de la UE. Desde el 1 de enero de 2026, estos son de 140.000 € para servicios y concursos de proyectos de la Administración central, de 216.000 € para los demás poderes adjudicadores y de 5.404.000 € para obras (Reglamento Delegado (UE) 2025/2152). Por debajo, las normas nacionales suelen seguir la misma lógica.

Agrupaciones (artículo 19)

  • Las agrupaciones, incluidas las asociaciones temporales, pueden licitar. El órgano de contratación no puede exigir una forma jurídica concreta para presentar una oferta o una solicitud de participación.
  • Cualquier regla especial sobre cómo cumplen las agrupaciones los criterios de selección, o cómo ejecutan el contrato, debe estar objetivamente justificada y ser proporcionada.
  • Tras la adjudicación, solo puede exigirse una forma jurídica si es necesaria para la correcta ejecución.

Recurso a otras entidades (artículo 63)

El artículo 63 es la norma que los socios malinterpretan con más frecuencia:

  • Puede recurrir a otras empresas para la solvencia económica y financiera y para la solvencia técnica y profesional.
  • Para los títulos de estudios y profesionales o la experiencia profesional pertinente, solo puede recurrir a otra empresa si esta va a ejecutar las obras o los servicios para los que se exige esa capacidad.
  • Debe demostrar que dispondrá de los medios, normalmente con un compromiso firmado.
  • El órgano de contratación comprueba la selección y la exclusión de la otra empresa, y debe obligarle a sustituirla si no cumple un criterio o incurre en un motivo de exclusión obligatorio.
  • Para la solvencia económica, el órgano de contratación puede exigir que usted y la otra empresa respondan solidariamente de la ejecución del contrato.
  • Las agrupaciones pueden recurrir a sus miembros o a empresas externas en las mismas condiciones.

El DEUC (artículo 59)

El Documento Europeo Único de Contratación es la declaración responsable que presenta en lugar de los certificados. Cuando recurre a otras empresas, su DEUC debe incluir la misma información sobre cada una de ellas (artículo 59, apartado 1). Antes de la adjudicación, el órgano de contratación debe pedir al licitador ganador los documentos justificativos actualizados, y puede pedirlos antes si es necesario (artículo 59, apartado 4).

Subcontratación (artículo 71)

La subcontratación no altera la responsabilidad del contratista principal. La ley nacional puede permitir el pago directo a los subcontratistas, y usted debe sustituir a un subcontratista que incurra en un motivo de exclusión obligatorio.

Lo que ha añadido el Tribunal de Justicia

  • Caruter (C-642/20, 28 de abril de 2022). Italia exigía que el miembro líder de una agrupación cumpliera los requisitos y ejecutara el contrato «en su mayor parte». El Tribunal declaró que el artículo 63 se opone a ello. El órgano de contratación puede exigir determinadas tareas críticas a un miembro (un criterio cualitativo), pero no una parte mayoritaria (un criterio cuantitativo) (resumen).
  • MT Højgaard y Züblin (C-396/14, 24 de mayo de 2016) y Luxone (C-403/23 y C-404/23, 26 de septiembre de 2024). Una agrupación que pierde a un miembro puede continuar si los miembros restantes siguen cumpliendo los requisitos y el cambio no empeora la posición competitiva de los demás licitadores. En Luxone, el Tribunal consideró desproporcionado excluir a una agrupación porque algunos miembros se retiraron durante sucesivas prórrogas del plazo de validez de las ofertas. La dirección jurídica francesa interpreta del mismo modo su propia regla de «composición congelada» (Lettre de la DAJ, 7 de octubre de 2024).

El DEUC: quién presenta qué

Regla práctica, sujeta a las instrucciones de cada licitación:

Papel en su oferta ¿DEUC propio? Qué cubre
Miembro de la agrupación (incluido el líder) Sí DEUC completo: identificación, motivos de exclusión, los criterios de selección a los que contribuye
Empresa a cuyas capacidades recurre Sí Identificación, motivos de exclusión y los criterios de selección que toma prestados
Subcontratista a cuyas capacidades no recurre Normalmente no Se menciona en el DEUC del líder (la sección de subcontratación). Algunos órganos de contratación piden también sus declaraciones de exclusión
La agrupación en su conjunto Sin DEUC aparte El DEUC del líder indica que forma parte de una agrupación y nombra a los demás miembros

Las versiones nacionales tienen nombres distintos. Francia usa el DUME o el DC1 (que enumera a los miembros y al mandataire), un DC2 por miembro y un DC4 por subcontratista; Alemania, la EEE o las Eigenerklärungen; Italia, el DGUE; España, el DEUC; los Países Bajos, el UEA. El Reino Unido abandonó el DEUC y usa la Central Digital Platform con la Procurement Act 2023. Consulte el DEUC, las declaraciones y la documentación administrativa.

Responsabilidad solidaria por país

«Responder solidariamente» significa que el órgano de contratación puede reclamar el importe completo de un daño a cualquiera de los miembros, sea cual sea el reparto interno. Si un error de diseño de su ingeniero cuesta 400.000 €, el órgano de contratación puede reclamarle a usted la totalidad. Después usted lo recupera de su socio con arreglo al acuerdo de colaboración. Los pliegos siempre deciden, así que lea primero la cláusula de responsabilidad.

País Nombre de la agrupación Régimen de responsabilidad habitual Forma jurídica y cambios
Francia Groupement momentané d'entreprises (GME) A elegir: conjoint (cada miembro se compromete por su propia parte) o solidaire (cada miembro se compromete económicamente por todo el contrato) (R2142-20). En un groupement conjoint, el mandataire responde solidariamente por cada miembro si el contrato así lo establece (R2142-24). No se exige forma jurídica para licitar; solo tras la adjudicación si es necesario (R2142-22). El órgano de contratación puede prohibir que una empresa licite a la vez sola y en agrupación, o en varias agrupaciones (R2142-21). La composición queda congelada desde la candidatura hasta la firma, salvo por reestructuración o por un miembro que no pueda ejecutar por causas ajenas a su voluntad (R2142-26, revisado en diciembre de 2024)
Alemania Bietergemeinschaft, después ARGE La ARGE suele ser una sociedad civil (GbR), así que cada socio responde personalmente de todo el servicio (Bayerische Architektenkammer, 12/2023). El órgano de contratación suele pedir una declaración de responsabilidad solidaria y un representante designado Las agrupaciones se tratan como licitadores individuales (§ 43 VgV). El recurso a capacidades está en el § 47 VgV; las referencias prestadas exigen que quien las presta sea subcontratista. La composición debe permanecer idéntica. Se aplica el control del Derecho de la competencia (véase más abajo)
Italia Raggruppamento temporaneo di professionisti (RTP) La oferta genera responsabilidad solidaria frente al órgano de contratación, los subcontratistas y los proveedores (D.Lgs. 36/2023, art. 68(9)) Los miembros otorgan al líder un mandato colectivo único mediante documento privado autenticado. Las agrupaciones de proyecto deben incluir al menos a un joven profesional con menos de cinco años de habilitación (Allegato II.12, art. 39). Un miembro puede retirarse si los demás siguen cumpliendo (art. 68(17))
España Unión temporal de empresas (UTE) Los miembros quedan obligados solidariamente y nombran un representante único (LCSP art. 69) Se formaliza en escritura pública solo una vez adjudicada. Si el órgano de contratación sospecha colusión, debe pedir a los miembros que justifiquen la licitación conjunta y puede trasladar el caso a la autoridad de competencia (art. 69.2)
Portugal Agrupamento de concorrentes Los miembros responden solidariamente ante el órgano de contratación del mantenimiento de la oferta; la responsabilidad por la ejecución depende después de la forma que adopten y del contrato No hace falta asociarse jurídicamente para licitar. Los miembros deben asociarse (entidad única o consorcio externo) antes de la firma del contrato o la adjudicación caduca; los miembros no pueden licitar además solos ni en otra agrupación (CCP art. 54; véase por ejemplo el pliego de concurso de la Ordem dos Arquitectos de 2023)
Países Bajos Combinatie Los pliegos suelen exigir que cada miembro responda solidariamente (hoofdelijk aansprakelijk) y que se designe un líder (penvoerder) Normalmente un formulario estándar de «declaración de combinación» en la documentación de la licitación; un UEA por miembro
Bélgica Groupement / combinatie sin personalidad jurídica La responsabilidad solidaria suele figurar en el pliego Revise el pliego concreto (cahier spécial des charges / bestek) para las reglas sobre el representante y los pagos
Reino Unido Consortium No la fija la ley; la fija el contrato. Las autoridades suelen pedir responsabilidad solidaria o una garantía de la sociedad matriz Con la Procurement Act 2023, las empresas a las que recurre son «associated persons» y se comprueba su exclusión. Los acuerdos de subcontratación o de garantía deben ser jurídicamente vinculantes (guía de la Cabinet Office)
Suiza Bietergemeinschaft / communauté de soumissionnaires La licitación suele exigir responsabilidad solidaria Las agrupaciones y los subcontratistas suelen admitirse salvo que la licitación los excluya o los limite; participar en más de un equipo suele requerir autorización expresa
Luxemburgo Groupement La responsabilidad solidaria es habitual en los pliegos Sigue la directiva: no se exige forma jurídica para licitar

Cuándo conviene cada estructura

Lidere y subcontrate cuando

  • Cumpla usted solo todos los criterios de selección: volumen de negocios, seguro, referencias, colegiación.
  • El órgano de contratación puntúe la trayectoria de un diseñador principal, no la de un equipo multidisciplinar.
  • Sus socios realicen paquetes claros y separables (estructuras, instalaciones, paisajismo, costes) que usted pueda gestionar y pagar.
  • Quiera controlar los honorarios, la relación con el cliente y el diseño.

El riesgo recae en usted. Póngale precio y haga que los subcontratos reflejen fielmente las condiciones del contrato principal.

Forme una agrupación cuando

  • Ninguna empresa supere sola la selección, por ejemplo porque su volumen de negocios es demasiado bajo pero el del ingeniero es alto.
  • El órgano de contratación quiera que cada disciplina contrate directamente, o puntúe las referencias conjuntas del equipo.
  • Los socios quieran su propia posición contractual y su propia facturación.
  • Licite en el extranjero y un estudio local aporte la colegiación, el idioma y la presencia en obra.

El precio es la responsabilidad compartida. No entre en una agrupación solidaria con una empresa que no haya comprobado. Consulte cómo elegir una ingeniería asociada para una licitación.

Recurra a capacidades cuando

  • Le falte un criterio medible, como el volumen de negocios o la plantilla media, y la otra empresa esté dispuesta a respaldarle sin entrar en la oferta.
  • Una empresa vinculada (matriz, estudio hermano) tenga el volumen de negocios o las referencias.

Recuerde el límite: las referencias prestadas solo cuentan si quien las presta realiza ese trabajo. Las referencias de colegios de un ingeniero no demostrarán su experiencia como arquitecto principal de un colegio.

Únase al equipo de otro cuando

Si una licitación exige 10 millones de euros de volumen de negocios y usted tiene 1 millón, únase a un equipo mayor como miembro o como subcontratista. Así es como los estudios pequeños consiguen las referencias para liderar la próxima vez. La guía de go / no-go explica cuándo licitar como socio en lugar de como líder.

Un ejemplo práctico

Un estudio de arquitectura de 12 personas quiere licitar el proyecto de un nuevo instituto de secundaria. El anuncio corresponde a un contrato de servicios de diseño de 1,4 millones de euros de una administración regional, muy por encima del umbral de 216.000 €. La selección exige:

  • un volumen de negocios anual medio de al menos 1,5 millones de euros en los tres últimos años, dentro del límite de la directiva del doble del valor del contrato (artículo 58, apartado 3);
  • dos referencias de proyectos de centros educativos en los cinco últimos años;
  • un seguro de responsabilidad civil profesional de 2 millones de euros por siniestro.

El estudio tiene un volumen de negocios medio de 1,1 millones de euros, una referencia de centro educativo y una cobertura de 1 millón de euros. Su ingeniería habitual tiene un volumen de negocios de 3 millones de euros y cuatro referencias de centros educativos en estructuras e instalaciones.

Opción A: liderar, recurrir al ingeniero y subcontratar. El estudio recurre al volumen de negocios del ingeniero. Es válido, pero el órgano de contratación puede exigir responsabilidad solidaria por la solvencia económica, así que el ingeniero asume riesgo sin ser parte. El estudio solo puede usar las referencias de centros educativos del ingeniero para el alcance de ingeniería que este va a realizar. Si el criterio pide referencias de arquitectura de centros educativos, la carencia persiste. El seguro sigue sin llegar.

Opción B: agrupación. El volumen de negocios conjunto es de 4,1 millones de euros y las referencias se suman, siempre que el anuncio no exija dos referencias solo del miembro de arquitectura. Cada miembro presenta su propio DEUC. Un reparto de honorarios de, por ejemplo, 60/40 supone 840.000 € para el arquitecto y 560.000 € para el ingeniero. La pega: con responsabilidad solidaria, el estudio responde ante el órgano de contratación por todo el contrato de 1,4 millones de euros, incluidos los errores de ingeniería. El acuerdo de colaboración debe dar a cada empresa una indemnidad por su propio alcance, y ambas deben comprobar si sus aseguradoras aceptan una agrupación solidaria. El Colegio de Arquitectos de Baviera sugiere una póliza específica del proyecto para evitar conflictos entre aseguradoras.

Opción C: otro socio. Si el anuncio pide dos referencias de arquitectura de centros educativos, la solución es un segundo estudio de arquitectura con experiencia en centros educativos, o no liderar esta licitación.

El estudio elige la opción B una vez que el anuncio confirma que cuenta la capacidad conjunta y que la aseguradora del ingeniero acepta la cláusula de responsabilidad.

El acuerdo de colaboración

Fírmelo antes de presentar la oferta: dos páginas firmadas valen más que treinta sin firmar. La lista completa de cláusulas, con un ejemplo práctico de reparto de honorarios, está en cómo elegir una ingeniería asociada. Tres puntos dependen de la estructura que elija:

  • Facultades del líder. En una agrupación, deje por escrito qué puede firmar, presentar y negociar el líder en nombre de los demás, en la forma que exija el país (un mandato autenticado en Italia, la habilitation del DC1 en Francia).
  • Exclusividad frente a las reglas del órgano de contratación. Francia permite al órgano de contratación prohibir que una empresa licite a la vez sola y en agrupación, o en varias agrupaciones (R2142-21). Italia excluye a las empresas que aparecen en más de una agrupación salvo que demuestren que ello no afectó a la licitación (art. 68(14)).
  • Vía de pago. Indique quién factura y si hace falta una cuenta conjunta. El Colegio de Arquitectos de Baviera señala que una ARGE alemana suele necesitar su propio número fiscal y su propia cuenta bancaria.

Tras la adjudicación, el acuerdo se convierte en un acuerdo de consorcio o de ARGE completo, o en la entidad jurídica que exija el órgano de contratación.

Derecho de la competencia: cuándo agruparse es un problema

Que un arquitecto se agrupe con ingenieros rara vez plantea dudas. Que lo hagan dos competidores que podrían haber licitado cada uno por su cuenta sí puede plantearlas, porque acordar no licitar por separado restringe la competencia.

Alemania es el país más estricto. Según el § 1 GWB, una agrupación licitadora es en general admisible si un miembro no podía licitar solo, si su capacidad está ocupada en otros contratos o si solo la oferta conjunta tiene sentido comercial. El ahorro de costes o una mayor probabilidad de ganar no bastan por sí solos. La agrupación debe explicar sus motivos cuando se le pida, a menudo en el plazo de una semana aproximadamente (Wolters Kluwer, 2022). La ley de contratos española obliga al órgano de contratación a pedir a una UTE que se justifique y a trasladar a la autoridad de competencia las sospechas no resueltas.

Regla práctica: antes de presentar la oferta, redacte una breve nota que explique por qué cada miembro no podía o no quería licitar solo en esta licitación. Archívela.

Qué ocurre tras la adjudicación

  • Documentos justificativos. Acreditación de todo lo declarado en los DEUC (obligaciones tributarias, Seguridad Social, seguro, inscripción, volumen de negocios) de cada miembro y de cada empresa a cuyas capacidades se recurre.
  • Forma jurídica. España: la UTE se formaliza en escritura pública. Portugal: los miembros se asocian antes de la firma. Italia: el mandato se otorga mediante documento autenticado. En otros países, solo si la licitación lo exige.
  • Datos de los subcontratistas. En las obras y en los servicios prestados en las instalaciones del órgano de contratación, los nombres de los subcontratistas deben comunicarse antes de iniciar la ejecución (artículo 71, apartado 5).
  • Pago. Según el país y el contrato, el órgano de contratación paga al líder, paga directamente a cada miembro o paga directamente a los subcontratistas aceptados. Francia tiene desde hace tiempo un régimen de pago directo a los subcontratistas aceptados.
  • Cambios. Sustituir a un miembro durante el contrato es una modificación del contrato y requiere el consentimiento del órgano de contratación. Durante el procedimiento solo es posible en los casos limitados descritos antes.
  • Referencias. Cada miembro puede citar el proyecto en ofertas posteriores, indicando su propio papel y su parte.

Errores habituales

  • Llamar «socio» a todo el mundo. Indique en los formularios y en la página del equipo quién es miembro, quién es subcontratista y a qué capacidades recurre.
  • Tomar prestada la experiencia de una empresa que no hará el trabajo. Según el artículo 63, las referencias y las titulaciones solo cuentan si quien las presta ejecuta los servicios correspondientes.
  • DEUC que faltan. Una empresa a cuyas capacidades se recurre sin su propio DEUC es un fallo administrativo frecuente en las ofertas conjuntas.
  • Cambiar el equipo entre la selección y la oferta. En un procedimiento restringido, el equipo preseleccionado es el que licita, salvo que se apliquen las estrictas reglas de cambio.
  • Firmar la responsabilidad solidaria sin leerla. Compruebe antes su seguro y el límite.
  • Olvidar las normas propias de cada país. Por ejemplo, el joven profesional en una RTP italiana, o la habilitation del mandataire en el DC1 en Francia.

Encontrar socios y licitaciones

Puede filtrar los anuncios abiertos por país y tipo de edificio en el listado de licitaciones, y el directorio de estudios de TenderDesk recoge estudios verificados por disciplina y país si necesita un socio con el que no ha trabajado antes.

Lista de comprobación

  • Enumerados todos los criterios de selección e indicado qué empresa cumple cada uno
  • Decidida la estructura: líder + subcontratistas, agrupación o recurso a capacidades
  • Comprobado que las referencias y titulaciones prestadas proceden de empresas que harán ese trabajo
  • Revisada la licitación en cuanto a: límites a las agrupaciones, tareas críticas reservadas al licitador, prohibición de ofertas múltiples, forma jurídica exigida tras la adjudicación
  • Leída la cláusula de responsabilidad (solidaria, conjoint, solidaire) y comprobado el seguro de cada miembro
  • Hecho el control del Derecho de la competencia si cada socio podía licitar solo; motivos puestos por escrito
  • Acuerdo de colaboración firmado: facultades del líder, exclusividad, alcance, reparto de honorarios, costes de la oferta, indemnidades, seguro, propiedad intelectual, salida
  • Un DEUC (o formulario nacional) por cada miembro y por cada empresa a cuyas capacidades se recurre; subcontratistas mencionados
  • Compromisos de disposición de medios de las empresas a las que se recurre, firmados
  • Mandato o facultad de firma del líder, en la forma que exija el país
  • Requisitos nacionales adicionales cumplidos (p. ej., DC1/DC2/DC4 en Francia, joven profesional en Italia)
  • La página del equipo y el organigrama muestran con claridad el papel y la condición de cada empresa
  • Documentos justificativos de cada miembro listos para la solicitud posterior a la adjudicación

Preguntas frecuentes

¿Puede el órgano de contratación exigir que nuestro consorcio constituya una sociedad antes de licitar?

No. Según el artículo 19 de la Directiva 2014/24/UE, el órgano de contratación no puede exigir a una agrupación que adopte una forma jurídica concreta para presentar una oferta o una solicitud de participación. Puede exigir una forma jurídica tras la adjudicación, pero solo si es necesaria para la correcta ejecución del contrato.

¿Tiene que ser el arquitecto la empresa líder o hacer la mayor parte del trabajo?

No. Cualquier miembro puede liderar, y el Tribunal de Justicia declaró en Caruter (C-642/20, 2022) que una norma nacional que obliga al líder a ejecutar la mayor parte del contrato vulnera el artículo 63. El órgano de contratación solo puede exigir que determinadas tareas críticas las realice el licitador o un miembro concreto de la agrupación.

¿Podemos usar las referencias de nuestro ingeniero para cumplir el criterio de experiencia?

Solo si el ingeniero va a ejecutar realmente los servicios a los que se refieren esas referencias. El artículo 63 solo permite recurrir a la experiencia profesional y a las titulaciones de otra empresa con esa condición. Por tanto, las referencias de ingeniería respaldarán la parte de ingeniería del criterio, no su experiencia como arquitecto principal.

¿Responde cada miembro de un consorcio de todo el contrato?

Normalmente, sí. Italia y España hacen que los miembros de la agrupación respondan solidariamente por ley, los socios de una ARGE alemana responden personalmente de todo el servicio y, en otros países, los órganos de contratación suelen incluir la responsabilidad solidaria en el contrato. Francia permite elegir un groupement conjoint, en el que cada miembro se compromete por su propia parte, aunque el líder puede seguir teniendo que responder solidariamente.

¿Necesita cada miembro su propio DEUC?

Sí. Cada miembro de la agrupación presenta su propio DEUC, y también cada empresa a cuyas capacidades recurre. Los subcontratistas a cuyas capacidades no recurre normalmente solo se mencionan en el DEUC del licitador líder, aunque algunos órganos de contratación piden también sus declaraciones de exclusión.

¿Podemos cambiar a un miembro del equipo después de la preselección?

Solo en casos limitados. La jurisprudencia de la UE permite que una agrupación continúe sin un miembro si las empresas restantes siguen cumpliendo y los demás licitadores no salen perjudicados. Francia admite cambios por reestructuración o por un miembro que no pueda ejecutar por causas ajenas a su voluntad, con la aprobación del órgano de contratación.

Normalmente, sí, pero si cada uno podía haber licitado solo, la agrupación puede plantear problemas de Derecho de la competencia. En Alemania, una agrupación debe poder demostrar que un miembro no podía licitar solo, que tenía su capacidad ocupada en otros encargos o que solo una oferta conjunta tenía sentido comercial. Deje por escrito sus motivos antes de presentar la oferta.

Fuentes